Madrid – A inicios
del próximo año 2006, se aplicará
el Reglamento del Parlamento Europeo y del
Consejo por el que se fijan los requisitos
en materia de higiene en piensos, según
comunicado del MAPA (Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación).
El 1 de enero de 2006 se aplicará
este reglamento, una normativa comunitaria
que permitirá reforzar el nivel de
protección de los consumidores en relación
con la seguridad de los alimentos, al establecer
normas específicas en materia de higiene
en los piensos, así como una serie
de condiciones y mecanismos que garanticen
su trazabilidad, y el registro de los establecimientos
del sector de la alimentación animal.
Según informan, el MAPA y las Comunidades
Autónomas han consensuado un modelo
básico para los operadores del sector,
en el que deberán notificar sus actividades
o solicitar la inclusión de los establecimientos
en el registro general
El Reglamento contempla el principio de
responsabilidad que se aplicará a todos
los operadores del sector desde la producción
primaria hasta la alimentación final
de los animales.
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Para la aplicación
del Reglamento, todos los operadores del sector
de la alimentación animal deberán
notificar, antes de que finalice el año
en curso, la relación de todos los
establecimientos bajo su control que intervengan
en cualquiera de las etapas de producción,
transformación, almacenamiento, transporte
o distribución de todos aquellos productos
susceptibles de ser destinados a la alimentación
animal.
Para ello el MAPA y las autoridades competentes
en materia de alimentación animal de
las Comunidades Autónomas han consensuado
un modelo básico de notificación
dirigido, tanto a los operadores ya autorizados
para que comuniquen sus actividades, como
para los que aún no cuentan con autorización,
de forma que puedan solicitar su inclusión
en el registro.
Este modelo básico, que será
adaptado por las distintas autoridades competentes
irá acompañado de un anexo en
el que se recogerán las principales
actividades que deberán ser objeto
de declaración.
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