Madrid 04/12/2006
– El Gobierno aprobó el viernes un
decreto destinado a “mejorar la prevención
de la parasitosis por anisakis en los productos
de la pesca” que obliga a los establecimientos
de hostelería a congelar previamente
el pescado que vaya a ser consumido crudo
o poco hecho, a una temperatura igual o inferior
a – 20 grados centrígrados durante
al menos 24 horas, con el fin de destruir
el parásito de anisakis.
Además, deberán poner en conocimiento
de sus clientes, a través de carteles
o en cartas menús, entre otros procedimientos,
que los productos que van a consumir han sido
sometidos a esta congelación.
En un comunicado, el MAPA señala
que coincidiendo con la aprobación
del decreto, tanto el ministerio de Sanidad,
como el MAPA, van a lanzar una campaña
informativa sobre consejos básicos
para prevenir el anisakis, destinada a establecimientos
de restauración y puntos de venta de
pescado fresco. |
Además,
la Agencia Española de Seguridad Alimentaria
pondrá en marcha un plan nacional de
control del anisakis en toda la cadena alimentaria.
Para finalizar añaden que los servicios
autonómicos competentes en esta materia
serán los encargados de realizar las
inspecciones para acreditar que se han aplicado
los tratamientos de congelación obligatorios
y que se cumplen los requisitos de información
a los consumidores.
Señalan que los preceptos incluidos
en esta norma han contado con el visto bueno
de las distintas administraciones implicadas
y los agentes económicos, particularmente
del sector de la restauración, así
como de la Comisión Interministerial
para la Ordenación Alimentaria.
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