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  NOTICIAS: Noviembre 2007
 
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BOJA publica las normas técnicas de producción acuícola marina ecológica

Sevilla 02/10/2007 - El pasado miércoles, 31 de octubre, se publicaba en el BOJA la Orden que establece las "normas técnicas de producción acuícola marina ecológica" de conformidad con lo establecido en los artículos del Reglamento de la Comisión Europea, publicadas en junio de este año, sobre producción y etiquetado ecológico, como ya adelantara misPeces.com en su día.

En el caso particular de Andalucía, estas normas han sido impulsadas a través de la Dirección General de Agricultura Ecológica dependiente de la Consejería de
Agricultura y Pesca de Andalucía, que designará los "organismos de control autorizados".

En su preámbulo, la Orden entiende que "la acuicultura ecológica no sólo contribuye a prevenir la contaminación de las aguas marinas, sino que mantiene la biodiversidad de las especies utilizadas y genera beneficios ambientales indirectos gracias a las especiales condiciones de las instalaciones y materiales utilizados en la construcción de las granjas".

Señala que estas normas se refieren a la producción de animales marinos en todas sus fases de crecimiento, criados en cualquier tipo de sistema, incluyendo la producción intensiva y la extensiva de esteros.

Al igual que ya ocurre en el Reglamento de la CE para producción ecológica, respecto al origen de los animales, se establece que los animales que se introduzcan en las instalaciones para producción ecológica deberán proceder del mismo tipo de producción, y cuando no sea posible, se permitirá hasta el 31 de diciembre de 2009, que estos provengan de instalaciones en conversión, o si tampoco fuera posible, convencionales.

En el caso de animales con destino a la reproducción, la norma designa que estos deberán haber transcurrido dos tercios de sus vidas bajo cría ecológica.

En Andalucía, al haber dos sistemas de crianza bien diferenciados, en esteros y jaulas, la norma establece un anexo donde fija las condiciones en ambos casos para dorada y lubina, las especies más representativas del sector andaluz.

Sobre la separación que debe existir entre cría ecológica y convencional, establece que para el caso de esteros, deberá haber un muro de separación. En el caso de cría en jaulas, la distancia mínima será de 2 millas, como norma general, y 1 milla en caso excepcional y bajo supervisión.

Respecto a la alimentación de los peces, establece que el porcentaje mínimo de las fracciones proteínicas y lipídicas (harinas y aceites) de origen acuático será del 50 por ciento.

Prohibe el empleo de harinas procedentes de animales terrestres y la procedente de organismos genéticamente modificados (OGM). Los alimentos deben proceder de fuentes sostenibles, sin productos químicos de síntesis.

Sobre la calidad del agua y fondo, obliga al acuicultor a realizar una analítica cada tres meses de diversos parámetros, entre los que se incluyen, sólidos en suspensión y diversos metales pesados.

La aplicación de oxígeno está autorizada para concentraciones en el medio igual o menor a 6 mg/l, cuando se den circunstancias extraordinarias que hagan peligrar la vida de los animales.

En esteros, cuando se refiere a los efluentes y lodos resultantes de la producción, el anexo contempla la posibilidad de decantación a través de balsas o la utilización de éstos para recomponer los muros hasta la mineralización de los mismos.

Respecto a la densidad de cría, se establecen 3 kilogramos por metro cúbico de agua, y 4 kilogramos, para aquellas instalaciones que cuenten con balsa de decantación de efluentes.
En jaulas, la densidad de cría será de 15 kilogramos por metro cúbico y deberán ubicarse en zonas con profundidades iguales o superiores a dos veces la altura de la red y nunca inferior a 25 metros de profundidad, con un flujo de agua que garantice el bienestar animal y la eliminación de los desechos.

El anexo II establece una lista de productos autorizados como materia prima o alimentos simples y aditivos nutricionales susceptibles de ser utilizados, mientras que el anexo III contiene los productos y métodos sanitarios aprobados en acuicultura marina ecológica.

Más información:
Reportaje Reglamento CE sobre producción acuicultura ecológica

Reglamento CE producción y etiquetado acuicultura ecológica.

Orden, Junta de Andalucía, sobre producción acuicultura marina ecológica.

 
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