| Canarias 29/10/2008
– La Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentación de Canarias publicó
ayer la Orden por la que se regulan las condiciones
para la expedición y renovación
de las tarjetas de identidad profesional para
el ejercicio de las actividades subacuáticas.
Asimismo, recoge los requisitos necesarios
para la obtención del título de
buceador profesional básico, y se establece
el importe mínimo del seguro de responsabilidad
civil de los centros de enseñanza de
buceo profesional.
La Consejería entiende que existe una
creciente demanda de profesionales con el título
de Buceador Profesional Básico para cubrir
las necesidades de los sectores emergentes como
la acuicultura, el mantenimiento de buques,
y el rescate y salvamento, que aconseja la regulación
inmediata de los contenidos del programa de
formación y las pruebas necesarias para
el acceso a dicha titulación.
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En la Orden se
disponen todos los términos relativos
a la expedición, renovación y
convalidación de la tarjeta de identidad
profesional. Además, establece los requisitos
para la obtención de la titulación
de buceador profesional básico, y el
contenido del curso para la obtención
de la mencionada titulación.
También establece el importe mínimo
del seguro de responsabilidad civil de los centros
de enseñanza de buceo profesional.
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