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  NOTICIAS: Diciembre 2009
 
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Dictamen jurídico respalda la posición de Apromar sobre el canon de ocupación adicional en acuicultura

Un nuevo canon exige el pago de un “alquiler” extra por el uso de aquellas obras que existan en el dominio público marítimo-terrestre en el momento de otorgarse la concesión.
Fundación CETMAR ha elaborado un dictamen que concluye que “no existe posibilidad legal de aplicar en las concesiones de acuicultura un canon distinto al implantado en 2007".

Chiclana de la Frontera 21/12/2009 - Según la patronal piscícola Apromar, la solución al problema del canon de ocupación del dominio público marítimo-terrestre (dpm-t) para las granjas de acuicultura en 2007, podría ser “falsa”, ya que desde comienzos de 2009, la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar ha empezado a exigir en ciertas concesiones para granjas de acuicultura, el pago de un canon suplementario.

Este nuevo canon exige el pago de un “alquiler” extra por el uso de aquellas obras que existan en el dpm-t en el momento de otorgarse la concesión. Las concesiones afectadas están localizadas en la ribera del mar, y las obras en cuestión suelen ser infraestructuras para la captación y el vertido del agua de cultivo.

Respecto al número de concesiones actualmente afectadas, la patronal indica que es “bajo”; no obstante, considera que irá en aumento a medida que vayan venciendo las concesiones más antiguas
.
“Se da la circunstancia de que el problema se está produciendo en concesiones que habiendo llegado al final de su vida, son re-otorgadas a las mismas empresas”, explican. Con ello, según Apromar, las mismas empresas que construyeron las infraestructuras, deben a partir de ese momento del re-otorgamiento, pagar anualmente un alquiler por su uso, durante por lo menos los 30 años siguientes.

Desde la patronal denuncian que con la aplicación de este segundo canon, se da la “curiosa circunstancia” de que a una empresa de acuicultura, cuya concesión esté llegando al final de su periodo de vigencia, “le puede interesar destruir sus propias infraestructuras y volverlas posteriormente a construir una vez re-otorgada la concesión, antes que mantenerlas intactas y pasar a tener que cotizar anualmente por ellas casi a perpetuidad”.

Apromar opina que desde un punto de vista jurídico, la ocupación y uso de las obras está ya incluido en el canon de ocupación general que da derecho a la ocupación y uso de los bienes del dpm-t. “El nuevo canon sería por tanto una doble imposición”, añaden.

Para abordar esta situación, Apromar y la Asociación de Productores de Rodaballo (AROGA) han mantenido varias reuniones con la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar y con la Dirección General de Ordenación Pesquera de la Secretaría General del Mar. Como consecuencia, se han producido avances en la aplicación de una forma de calcular el importe de este canon que sea “lo menos gravoso posible para las empresas”.

Sin embargo, Costas considera “jurídicamente correcta” la exigencia del canon, mientras que Apromar lo considera no sólo “improcedente”, sino además “un ejemplo de la inseguridad jurídica que rodea la ocupación del dpm-t por parte de las empresas de acuicultura”.

Según Apromar, por este motivo decidió encargar un dictamen a la Fundación CETMAR, dependiente de la Xunta de Galicia y del Ministerio de Ciencia y Tecnología. La autora del dictamen es Rosa Chapela Pérez, doctora en Derecho y coordinadora del área de Socioeconomía de Pesca de la Fundación.

El dictamen concluye que “no existe posibilidad legal de aplicar en las concesiones de acuicultura un canon distinto del canon de ocupación implantado mediante la modificación de la Ley de Costas en 2007, para todos los supuestos posibles”. Esta opinión coincide con la que los servicios jurídicos de Apromar ya habían expuesto al ministerio.

Próximamente, la asociación presentará el dictamen a la Dirección General de Costas y a la de Ordenación Pesquera. Desde Apromar, esperan que este razonamiento jurídico sirva para “cambiar el sentido de la aplicación de este canon”. En caso contrario, valorarán el iniciar una reclamación por vía judicial.

 
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