España se convirtió la pasada semana en el primer país de la Unión Europa en obligar a instalar cámaras en todos los mataderos de ganado. Esta medida busca garantizar el bienestar animal en el momento del sacrificio. Un modelo que ya se ha aplicad en países como Francia o Reino Unido, aunque de manera voluntaria y sin los resultados esperados.
El bienestar animal es una cuestión de creciente interés público que influye en la actitud de la población a la hora de elegir los productos que consume. Además, está demostrado que cómo se haga el sacrificio contribuye a mejorar la calidad de la carne y tiene un efecto positivo indirecto en la seguridad laboral en estos establecimientos.
El Real Decreto que regula la obligatoriedad de instalar sistemas de videovigilancia en los mataderos busca que estas cámaras sirvan de herramienta, tanto para los operadores como para las autoridades competentes, para garantizar el cumplimiento de la normativa de bienestar de los animales.
Por el momento esta medida no parece que sea de aplicación a los peces de granja ya que se destina a “establecimientos de sacrificio de los animales terrestres”. Sin embargo, en el apartado “definiciones” considera a todos los vertebrados, excluidos los reptiles y los anfibios.
Según establece el real decreto, el matadero contará con personal designado para efectuar el visionado que deberá contar con conocimientos adecuados en materia de bienestar de los animales.
Las grabaciones deberán conservarse durante un mes, salvo cuando hubieran de ser conservadas para acreditar actos que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones.
Aunque en la actualidad los peces de piscifactoría parecen estar excluidos, nada indica que en un futuro esta normativa pueda ser ampliada a los deseos de algunas instalaciones ambientalistas. Por ejemplo, The Human League está pidiendo que se utilicen también cámaras en las piscifactorías, que la ley, como hemos señalado previamente, no considera en la actualidad mataderos.
Este real decreto entrará en vigor un año después de su publicación oficial. No obstante, será de aplicación para los pequeños mataderos a los dos años de su publicación oficial.