EN TRAMITACIÓN

En juego, la claridad de las reglas para tramitar ambientalmente proyectos de acuicultura

Madrid, 7/01/2026 | La iniciativa busca reducir problemas de interpretación, una carga administrativa difícil de asumir para algunas administraciones autonómicas y una notable incertidumbre entre promotores

Piscifactoría en Castilla y León

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha abierto una consulta pública previa para modificar los anexos de la Ley de Evaluación Ambiental, un paso que tiene implicaciones muy concretas para la acuicultura y que puede resultar determinante: la claridad de las reglas que definen cómo se tramitan los proyectos y qué tipo de evaluación se les exige.

La iniciativa surge tras la experiencia acumulada desde la entrada en vigor del Real Decreto 445/2023 y que, según reconoce el propio Ministerio, había generado en uno de sus anexos problemas de interpretación, una carga administrativa difícil de asumir para algunas administraciones autonómicas y una notable incertidumbre entre promotores.

En la práctica, proyectos de acuicultura similares han seguido caminos muy distintos según el territorio o el criterio del órgano ambiental competente.

La consulta abierta, hasta el 23 de enero de 2026, plantea que las instalaciones de acuicultura intensiva con una capacidad superior a 500 toneladas anuales pasen obligatoriamente por una evaluación ambiental ordinaria. Esto significa que el proceso es más largo y complejo y exige la elaboración de un estudio de impacto ambiental completo y un procedimiento de tramitación más exigente.

También se incluirán en este grupo, con independencia de su tamaño, los proyectos destinados a producir especies no autóctonas o localmente ausentes.

Por debajo de este umbral, los proyectos quedarían encuadrados en procedimientos simplificados, aunque con matices importantes cuando se superan las 100 toneladas anuales, se ocupa dominio público hidráulico o marítimo-terrestre, o concurren determinados factores ambientales.

En términos prácticos, esto supone un cambio relevante respecto a la situación anterior. Hasta ahora, una explotación acuícola que quisiera ampliar su producción hasta, por ejemplo, 300 toneladas anuales podían encontrarse con exigencias muy distintas según la comunidad autónoma o la interpretación concreta de los anexos.

En algunos casos, proyectos de este tamaño acababan sometidos a procedimientos largos y complejos, no siempre proporcionales a sus impactos reales. Con la modificación en estudio, este tipo de ampliación quedaría encuadrada de forma más clara en una evaluación ambiental simplificada, siempre que no existan factores adicionales que lo justifiquen.

Más allá de los detalles técnicos, el debate de fondo es conocido por el sector. La acuicultura necesita un marco de evaluación ambiental sólido y exigente, pero también previsible y coherente con la realidad productiva. La cuestión no es si deben evaluarse los impactos, sino cómo hacerlo sin convertir la tramitación en una barrera estructural para proyectos viables, mejoras tecnológicas o ampliaciones razonables.

Más información: Consulta pública previa sobre la modificación de los anexos de la Ley de Evaluación Ambiental (MITECO)

Te puede interesar