REGULACIÓN

La Comunitat Valenciana abre una nueva zona para cultivo de mejillón y ostra en el puerto de València

Valencia, 9/03/2026 | La actualización del mapa de zonas productivas incluye un nuevo enclave en la bocana de La Marina

Puerto de Valencia

La Comunitat Valenciana ha actualizado la delimitación y clasificación de las zonas de producción de moluscos bivalvos en sus aguas litorales e incorpora una nueva área de cultivo en el entorno del Puerto de València.

La medida se recoge en una resolución de la Dirección General de Pesca publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, que establece las nuevas denominaciones, localización y clasificación sanitaria de las zonas productivas, así como las especies autorizadas en cada una de ellas.

La principal novedad es la creación de la zona CVA-2, situada en la bocana de La Marina del puerto de València y clasificada como zona B para la producción de moluscos bivalvos. En esta área se autoriza el cultivo de mejillón (Mytilus galloprovincialis) y ostra rizada (Magallana gigas), dos de las especies más relevantes en la producción europea de bivalvos.

La apertura de esta nueva zona se basa en un informe técnico elaborado por el Instituto de Ecología Litoral que concluye que el área reúne las condiciones adecuadas para el desarrollo de cultivos de bivalvos.

Con esta actualización, el litoral valenciano cuenta con cuatro zonas definidas para la producción de moluscos bivalvos. En el propio puerto de València se mantienen dos áreas, La Marina (CVA-2) y La Gitada (CVA-3), ambas clasificadas como zona B y autorizadas para el cultivo de mejillón y ostra rizada. En la zona de Tavernes-Dénia (CVA-4), clasificada como zona A, están autorizadas la chirla (Chamelea gallina) y la tellina (Donax trunculus), mientras que en Santa Pola (CVA-5), clasificada como zona B, se permite el cultivo de ostra plana (Ostrea edulis), zamburiña (Mimachlamys varia) y mejillón (Mytilus galloprovincialis).

La resolución es efectiva desde el día siguiente a su publicación oficial y forma parte del sistema de clasificación sanitaria exigido por la normativa europea para la producción y recolección de moluscos bivalvos destinados al consumo humano.

Ir a la RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2026, de la Dirección General de Pesca, por la que se establecen y clasifican las zonas de producción de moluscos bivalvos en aguas de la Comunitat Valenciana

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