
La Comisión Europea ha finalizado un largo proceso legal en el sector de la acuicultura al adoptar el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2118. Esta medida restablece de manera definitiva los derechos compensatorios (aranceles antisubvención) sobre las importaciones de determinada trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) originaria de Turquía.
El producto afectado es la trucha arcoíris en diversos formatos y pesos específicos, incluyendo trucha viva, fresca, refrigerada, congelada o ahumada. Con esta decisión, la Comisión busca proteger a los productores de acuicultura de la Unión Europea de la competencia desleal derivada de las importaciones turcas subvencionadas.
Esta acción regulatoria surge como consecuencia directa de la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea en el asunto T-122/23, dictada el 5 de febrero de 2025. Dicho fallo representó un revés para la Comisión, ya que anuló parcialmente un reglamento anterior que modificaba los aranceles, obligando a las autoridades comunitarias a recalcular y corregir su enfoque.
El Tribunal General dictaminó que la Comisión había incurrido en errores manifiestos de apreciación al calcular las subvenciones estatales concedidas por Turquía a sus productores de pescado. Los jueces señalaron específicamente que la Comisión había errado al atribuir ciertos beneficios, como el apoyo a ferias comerciales internacionales y el apoyo al transporte aéreo, a empresas exportadoras que no se beneficiaban directamente de ellos de la manera que se había imputado.
Para cumplir con la sentencia y asegurar que los aranceles aplicados sean legalmente sólidos, el nuevo Reglamento 2025/2118 restablece los tipos de derecho compensatorio definitivo. Estos aranceles, que varían en porcentaje según la empresa exportadora turca, han sido ajustados para reflejar las correcciones exigidas por el Tribunal.
La medida tiene implicaciones significativas para los operadores del mercado, ya que los derechos compensatorios actualizados no solo se aplican a las futuras importaciones, sino que entran en vigor con efecto retroactivo a partir del 9 de diciembre de 2022. Este factor es crucial para importadores y exportadores que operaron en el mercado durante dicho periodo.