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Andalucía - Ayudas

Agricultura y Pesca de Andalucía publica la lista de proyectos subvencionables de comercialización y transformación

Cultivo-Algas-Estero-Ctaqua-Oct2016Cultivo Experimental Algas /Foto archivo

Sevilla 3/03/2017 – La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía ha hecho pública la propuesta provisional de proyectos subvencionables a través de la línea de ayudas de fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura, prevista en el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP 2014-2020).

Esta resolución provisional forma parte de la convocatoria a la línea de ayudas publicada el pasado 17 de noviembre, y cuentan con un importe máximo presupuestario de 4,6 millones de euros, de los cuales, 2,86 millones de euros son para la anualidad 2017 y 1,77 millones de euros para 2018, según informó al respecto misPeces.

En total hay propuestos 16 proyectos entre los que destacan por ser del ámbito acuícola la ayuda a la empresa Huerta Marina Huelva SL para la certificación ecológica de su producción y el desarrollo de una página web; la empresa BCM Ingenieros SL para la inversión en un Centro de Depuración y Comercio de Moluscos y Crustáceos en Fuengirola por importe de 256.340,89 euros con una subvención del 50 por ciento; o la subvención a la empresa Productos Vegetales del Mar SL que invertirá 33.850,00 euros con subvención de 50 por ciento para la mejora de la comercialización de nuevas especies de algas y formatos.

Esta información se publicó en la web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural el pasado día 23 de febrero. Aquellos interesados cuentan con 10 día a contar desde el día siguiente de la publicación de la misma para “alegar o presentar documentos y justificaciones”.

Según recuerdan en la resolución, “la falta de presentación en plazo de los documentos exigidos por la propuesta provisional implicará el desistimiento de la solicitud, cuando los documentos no facilitados afecten a la acreditación de los requisitos para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria; la no consideración de los criterios de valoración -con la consiguiente modificación de la valoración obtenida- cuando la falta de documentación no permita acreditar la información proporcionada para su aplicación”.

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