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La Rioja - Ayudas

Ayudas a la acuicultura y transformación pesquera en La Rioja

Trucha

Logroño 23/04/2015 – El Boletín Oficial de La Rioja ha publicado la Orden de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al fomento de la acuicultura y la transformación y comercialización de los productos de la pesca en régimen de concesión directa.

Las actuaciones subvencionables serán las destinadas a la realización de inversiones productivas en acuicultura, diversificación de la producción acuícola y especies cultivadas, modernización de los centros acuícolas, incluida la mejora de las condiciones de trabajo y seguridad de los trabajadores del sector acuícola, mejora y modernización relacionadas con la salud y bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los predadores salvajes.

También se podrán destinar las ayudas a inversiones que reduzcan el impacto negativo o potenciación de los efectos positivos en el medio ambiente, e incremento de la eficiencia energética, las inversiones que mejoren la calidad del producto acuícola o incrementen su valor, la recuperación de estanques o lagunas acuícolas existentes mediante la eliminación del lodo, o inversiones para prevenir los depósitos de éstos.

Otras líneas de subvención podrán cubrir las inversiones que resulten en una reducción considerable del impacto de las empresas acuícolas en la utilización y calidad del agua, en particular, disminuyendo la cantidad de la misma, productos químicos, antibióticos y otros medicamentos utilizados o mejorando la calidad del caudal de salida, incluso a través del desarrollo de sistemas acuícolas multitróficos.

Las inversiones que aumenten la eficiencia energética y fomenten la reconversión de las ayudas acuícolas a fuentes de energía renovable, las acciones que aumenten la producción o modernicen las empresas existentes, también estarán recogidas en la presente Orden.

Las ayudas para inversiones en la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura buscarán la consecución de encontrar nuevos mercados y mejorar las condiciones para la comercialización, el fomento de especies con pontencial de comercialización, o el fomento de la calidad y del valor añadido, entre otras.

Los empresarios que estén entrando en el sector presentarán un plan empresarial y, cuando el coste de las inversiones sea superior a 50.000 euros, un estudio de viabilidad, que incluya una evaluación de impacto ambiental de las operaciones.

Sólo se concederán ayudas cuando se demuestre claramente, mediante un informe independiente de comercialización, que existen buenas perspectivas de comercialización sostenible para el producto.

Cuando las operaciones consistan en inversiones en equipos o infraestructuras destinadas a garantizar el cumplimiento de los requisitos futuros relativos al medio ambiente, la salud humana o sanidad animal e higiene o bienestar de los animales establecidos por la normativa de la Unión, la ayuda podrá concederse hasta la fecha en que dichos requisitos sean de cumplimiento obligado para las empresas.

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