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España - Titulaciones

BOE publica RD que simplifica y unifica las titulaciones profesionales del sector pesquero

El texto recoge también las atribuciones para el desempeño en acuicultura

Madrid 18/02/2014 – El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer, lunes 17 de febrero, el Real Decreto 36/2014, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero y se especifican las condiciones básicas de obtención de éstos, tanto para el ejercicio de funciones en buques de pesca como de acuicultura.

Con este Real Decreto el Gobierno se busca regular la obtención, las atribuciones y la homologación de titulaciones profesionales de cada uno de los títulos profesionales del sector pesquero, que también tienen aplicabilidad en el día a día acuícola.

Según indicaron desde el Gobierno a la salida del Consejo de Ministros que aprobó el citado Real Decreto, por primera vez desde 1960, se produce una "simplificación y unificación normativa en materia de titulaciones profesionales del sector pesquero, al tiempo que se establece el cauce para la homologación de sus atribuciones".

Los títulos se dividirán en tres secciones: la de puente, la polivalente y la de máquinas. En la primera estarán incluidos el capitán de pesca, los patrones de altura y de litoral. En la polivalente entrarán el patrón costero polivalente, el patrón local de pesca y el marinero pescador; pertenecerán a la sección de máquinas el mecánico mayor naval y el mecánico naval.

Además, la norma adapta a la legislación española el contenido del Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros, ratificado por España en 2008. El objetivo de este convenio es promover la seguridad de la vida humana en la mar y la protección del medio marino, y para ello establece normas internacionales.

Puede descargarse este RD de la legislación publicada en misPeces

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