La Orden entrará en vigor el próximo 7 de noviembre de 2014
Madrid 24/10/2014 – El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una Orden por la que se dictan las normas de control e inspección en la importación de productos ecológicos procedentes de terceros países para el despacho a libre práctica en la Unión Europea (UE), aplicable entre otros a los de acuicultura.
Según expone la Orden, el objeto y ámbito de aplicación cubre aquellos productos vivos o no transformados; los productos transformados destinados a ser utilizados para la alimentación humana; piensos; material de reproducción vegetativa y semillas para cultivo; así como levaduras destinadas al consumo humano o animal.
La Orden aclara que los productos de la caza y de la pesca salvajes no se consideran producción ecológica.
Los importadores estarán obligados a facilitar los medios técnicos necesarios para acceder a las mercancías objeto de control, permitiendo el cumplimiento de las actuaciones de control pertinentes, así como aportar documentos, registros y certificados que le sean solicitados en adecuación de los fines previstos en esta orden.
La Orden, que acompaña un anexo para la solicitud de control de productos de la agricultura ecológica (incluida la acuicultura) importados de terceros países, entrará en vigor el 7 de noviembre de 2014.

