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España - Seguros Mejillón. especiales Legislación 2015

BOE publica las condiciones asegurables del mejillón de Galicia y mejillón del Delta del Ebro y Clóchina del Puerto de Valencia y Sagunto

Batea de Mejillón de Galicia

Madrid 26/02/2015 – El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado, a través dos Órdenes, las condiciones técnicas y el ámbito de aplicación y demás requisitos para la suscripción de los seguros de acuicultura marina para el mejillón de Galicia y el mejillón del Delta del Ebro y la Clóchina de los Puertos de Valencia y Sagunto.

Esta normativa está comprendida en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2015 y define las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción, y el valor de la producción de los moluscos en relación con el seguro de acuicultura marina para el cultivo de estos moluscos.

La Orden de explotaciones de Galicia deben dedicarse al cultivo del mejillón (Mytilus galloprovincialis); mientras, la Orden del Puerto de Valencia y el de Sagunto establece que la especie es el Mytilus sp.

Las explotaciones asegurables deben tener asignado un código de explotación, un sistema de vigilancia zoosanitaria, libro y registro de trazabilidad, entre otros requisitos.

Según establece las Órdenes citadas, la fecha de entrada en vigor del seguro es el día siguiente en el que se pague la prima y hasta que se cumpla un año desde la entrada en vigor.

Pueden descargarse toda la información relativa a este asunto en el apartado de legislación de misPeces, accediendo al enlace de más abajo.

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