Madrid 1/04/2016 – El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden por la que se establecen los requisitos para la retirada y destrucción de animales muertos en explotaciones ganaderas, incluidas las piscifactorías, comprendidas en el trigésimo séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Para que sean asegurables, los animales de las piscifactorías tendrán asignados un código de explotación regulado a través del Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
De forma específica, las actividades de recogida y destrucción de animales muertos en la explotación atenderán a la Guía de Buenas Prácticas sobre Bioseguridad en la Recogida de Cadáveres de las Explotaciones Ganaderas aprobadas por la Comisión nacional de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano (SANDACH).
Deberán asegurar en este régimen todas las explotaciones de peces marinos y continentales en régimen de reproducción, criadero, preengorde y engorde.
El periodo de suscripción del seguro comenzará el 1 de junio de 2016 y finalizará el 31 de mayo de 2017.
Según consta en el anexo I, el concepto de cría está considerado para medidas de 1.000 peces.

