Pulpo (Octopus vulgaris) /@misPeces
Sevilla 2/03/2016 – El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado hoy la Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de 24 de febrero de 2016 por la que se establecen las medidas para la conservación del pulpo común (Octopus vulgaris) en aguas interiores del litoral mediterráneo de Andalucía.
El pulpo es una de las especies de mayor importancia económica para las flotas pesqueras del litoral mediterráneo andaluz, registrándose durante los últimos años como la tercera especie con mayor producción económica en la fase de comercialización en origen de los productos pesqueros.
Además, y mientras no se consiga cerrar el ciclo del pulpo con garantías industriales, hasta ahora solo es posible realizar el engorde de esta especie en cautividad. Para lo cual ya existen varias empresas dedicadas a esta actividad.
Por ello, , como destaca la Junta en la Orden, para asegurar el éxito de la pesquería sostenible de la especie es necesario tener en cuenta una serie de consideraciones como son la de respetar el peso mínimo de captura en 1 kg, quedando prohibida la captura, mantenimiento a bordo, transbordo o desembarque de ejemplares de pulpo que no alcancen el peso mínimo establecido en esta Orden. Las capturas accidentales de ejemplares de pulpo de peso inferior al reglamentario deberán ser devueltas inmediatamente al mar.
Por otra parte, se decreta como veda anual para la captura de pulpo el mes de septiembre de cada año, periodo en el cual se detectan el mayor número de juveniles de esta especie de ciclo corto y rápido crecimiento.
Por otra parte, queda prohibida la captura de pulpo en las aguas interiores del litoral mediterráneo de Andalucía en el ejercicio de la pesca marítima de recreo.

