Madrid 4/04/2018 - El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado las condiciones asegurables y mínimas de explotación del seguro de acuicultura continental para la trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss), esturión de la especie Acipenserbaeri y Acipensernaccarii, para lo que dispondrán del pertinente título de concesión de agua otorgado por la cuenca hidrográfica correspondiente.
Estas condiciones vienen reguladas por el trigésimo noveno Plan de Seguros Agrarios Combinados y dispone que las explotaciones deben tener asignado un código de explotación (REGA), estén cultivando las especies anteriormente señaladas, o se dediquen a producción ecológica de animales de acuicultura que estén sometidos a controles oficiales que certifiquen como tales efectuados por la autoridad u organismo de control de agricultura ecológica oficialmente reconocido.
A efectos del seguro se diferencias entre criaderos y tanques y los animales se clasifican entre alevines, trucha o jaramugo, hueva embrionada y esturión y sus huevas.
Al respecto, es importante señalar que en diversos anexos se establecen las densidades máximas admisibles en kg por metro cúbico para alevines, jaramugos y truchas de talla comercial y reproductor de más de 1 kg, así com para el Acipenser baeri y Acipenser Naccarii; los valores límites máximos de los animales asegurados; los valores límites máximos de los animales asegurados para producción y las indemnizaciones del esturión; los pesos de subproductos de referencia en kilos animal; el valor de compensación en caso de sacrificio y enterramiento en a propia explotación por motivos sanitarios.

