Madrid 28/11/2016 – El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto que regula la venta a distancia de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción obligatoria, dando así respuesta a la demanda de los ciudadanos de efectuar la mayor parte de gestiones y adquisiciones a través de medios electrónicos, por la comodidad y ahorro de tiempos que estos medios aportan.
Por razones de seguridad, y sanidad pública y animal, se limita esta posibilidad de venta a aquellos medicamentos veterinarios que no están sujetos a la obligatoriedad de una prescripción veterinaria, tal como establece la Ley sobre medicamentos veterinarios que desarrolla este Real Decreto.
Los medicamentos cuya venta a distancia se regula, serán dispensados desde oficinas de farmacia y establecimientos comerciales detallistas de venta de medicamentos veterinarios que notifiquen a las autoridades de las Comunidades Autónomas en las que están ubicadas, el inicio de este nuevo canal de comercialización.
Todas las dispensaciones estarán asesoradas por el farmacéutico responsable del centro dispensador que efectúa la venta, con objeto de preservar la seguridad de su utilización.

