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Galicia - Marisqueo

DOGA publica decreto que finaliza la revisión de los 1.280 parques de Carril

Se fija un plazo máximo de notificación resolución de seis meses desde el inicio del procedimiento

Santiago de Compostela 13/07/2015 – El Diario Oficial de Galicia (DOGA) ha publicado el decreto de la Conselleria del Medio Rural y del Mar por el que se da por finalizada la revisión de los 1.280 parques de Cultivo de Moluscos de Carril.

Este decreto, tal y como ya informó al respecto misPeces el pasado 26 de junio, fue aprobado en Gobierno de la Xunta, tras 24 años de demandas por parte de los productores de marisco de esta zona.

Del total de los parques, se regulan 1.168 títulos definitivos a titulares de concesiones provisionales, y se regula el otorgamiento de concesiones para la explotación de los parques declarados “vacantes” por diferentes causísticas, ya sea porque el titular es desconocido o porque se ha dado de baja a petición del titular, entre otras.

Con este decreto la Xunta persigue dar “el máximo aprovechamiento al potencial productivo de estos parques y asegurar el futuro y la viabilidad de su actividad al tiempo que se dispondrá de seguridad administrativa para las concesiones”.

En sus conclusiones, la Xunta establece que “no es eficaz iniciar el procedimiento de reordenación, al constatarse que no contribuiría a mejorar sustancialmente su potencial productivo y, además, no compensaría el esfuerzo que se debe realizar”.

El decreto deroga el 158/1991, de 16 de mayo, por el que se regulaba el procedimiento de revisión y reordenación de los parques de cultivo de moluscos de O Carril, aunque en su artículo 17 se mantiene la vigencia y queda declarado “de vigencia administrativa del documento de revisión de los parques”.

Ahora la Conselleria iniciará “de oficio” el procedimiento de otorgamiento de las concesiones de actividad a las personas físicas y jurídicas que figuren en el documento de revisión como titulares de las autorizaciones provisionalmente otorgadas. Por su parte, el órgano de la Administración del Estado competente en materia de ocupación de dominio público marítimo – terrestre emitirá “informe preceptivo y vinculante” previo al otorgamiento de cada una de las concesiones de actividad definitivas.

Por su parte, las parcelas vacantes podrán ser otorgadas en régimen de concesión de actividad para el ejercicio de la acuicultura en zona marítimo – terrestre por la consellería competente.

El plazo máximo para la notificación de las resoluciones será de seis meses desde el inicio de los correspondientes procedimientos.

El nuevo texto entrará en vigor en el plazo de un mes a partir de su publicación en el DOGA.

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