El Título II del mismo se ocupa de todo lo relativo a los animales acuáticos
Bruselas 5/04/2016 – El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado recientemente el Reglamento 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal.
Como ya se ha venido adelantando en misPeces, este Reglamento dedica el Título II a “Animales acuáticos y productos de origen animal procedente e estos animales” en el que se detallan, entre otros aspectos, la obligación de los operadores a registrar los establecimientos de acuicultura y las obligaciones de la autoridad competente en relación con las inscripción registral de los establecimientos de acuicultura.
También establece cómo la autoridad competente debe realizar la concesión de la autorización y condiciones de ésta y los actos delegados; así como el ámbito de la autorización de los establecimientos.
En el “Capítulo 2” de esta sección el Reglamento establece cómo deben ser los desplazamientos dentro de la Unión de estos animales acuáticos y los requisitos generales aplicables a dichos desplazamientos, y las medidas de prevención de enfermedades en relación con el transporte.
Además regula cómo debe procederse con los animales acuáticos destinados a establecimientos de acuicultura o a ser liberados en el medio natural, qué se entiende por mortalidad anormal y otros síntomas de enfermedades graves.
También regula cómo debe realizarse el desplazamiento de los animales acuáticos vivos destinados al consumo humano, con fines científicos y otros usos específicos, así como sus excepciones.
Otra parte de este capítulo se ocupa de la certificación zoosanitaria que debe acompañar a los animales de acuicultura y animales acuáticos.
Finalmente en la última parte de este Título establece como deben ser las medidas nacionales destinadas a limitar la repercusión de enfermedades distintas de las enfermedades de la lista.
De manera general, el Reglamento también especifica las responsabilidades de los ganaderos, veterinarios y demás profesionales que tienen a su cargo animales, y específicamente se aborda el problema de los medicamentos veterinarios y los piensos medicamentosos.

