
Madrid 26/04/2021 – El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la orden con los detalles para suscribir un seguro de acuicultura marina, comprendido en el 42º Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Como cada año, la publicación en el BOE abre la posibilidad de asegurar la producción acuícola a través de este mecanismo. En la orden se definen las explotaciones asegurables y las condiciones técnicas mínimas de explotación, así como el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, de suscripción y el valor unitario de los animales en relación a este seguro.
Las empresas que cuenten con las respectivas concesiones de cultivo podrán asegurar su producción de las siguientes especies: atún rojo (Thunnus thynnus), besugo (Pagellus bogaraveo), corvina real (Argyrosomus regius), dorada (Sparus aurata), lenguado senegalés (Solea senegalensis), lubina (Dicentrarchus labrax), rodaballo (Psetta máxima), seriola (Seriola dumerili), oreja de mar europea (Haliotis tuberculata) y oreja de mar japonés (Haliotis discus hannani).
El titular del seguro deberá tener su explotación con un código REGA asignado.
Los periodos de suscripción serán de 1 de junio de 2021 a 31 de mayo de 2022, y 1 de junio de 2022 a 31 de mayo de 2023.
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