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Islas Baleares aprueba el proyecto de Ley de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura

Palma de Mallorca 11/03/2013 – El Gobierno de Baleares aprobó este pasado viernes en el Consejo, el Proyecto de Ley de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura. Hasta ahora era la única Comunidad Autónoma que no tenía una Ley de estas características.

Como explicó el titular de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, Biel Company esta normativa permitirá en Baleares un “marco normativo propio que regule esta actividad en todos los ámbitos”.

Una vez entre en vigor se desarrollará el reglamento, que entre otras actividades regulará la pesca marítima recreativa y permitirá a pescadores profesionales desarrollar la actividad de pesca turismo.

La Ley se adecua a la normativa europea, con las particularidades de la Comunidad Autónoma orientada económicamente y de manera muy significativa al turismo, por lo que la conservación y la gestión de los recursos marinos es el eje central de la misma, reforzando la figura de la reserva marina.

Hasta ahora la acuicultura marina tendrá por primera vez un marco normativo al que acogerse, así como los controles para los establecimientos que se dedican a esta actividad.

A pesar de ello, desarrollar actividades relacionadas con la acuicultura se hace muy difícil debido a las presiones del sector turístico y los ambientalistas.

El pasado año, APROMAR presentó varias alegaciones al proyecto, como por ejemplo, el referente a la composición del Consejo Pesquero de la Comunidad; o la denominación de productos de la pesca, donde se excluía el término de acuicultura.

En el artículo 55, que habla de la prohibición de la tenencia, el transporte, el tráfico, el almacenamiento, la transformación, la exposición y la venta de productos pesqueros de cualquier origen o procedencia que sean de talla o peso inferior al reglamentario en el ámbito internacional, comunitario, estatal o autonómico, también se producía una discriminación hacia las actividades propias de la acuicultura.

No obstante, en este artículo se abre una excepción y se permite “el traslado y la tenencia de huevos, esporas e individuos de talla o peso inferior al reglamentario o capturado en épocas de veda, destinados a la investigación, la experimentación o la acuicultura, caso en que se debe disponer de las autorizaciones preceptivas”.

Cabe destacar que formalmente esta ley se estructura en 12 títulos, 146 capítulos, diversas disposiciones adicionales, transitorias y finales y una disposición derogatoria.

Obtener el proyecto de Ley de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de las Islas Baleares

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