Quito 16/04/2020 – La Asamblea Nacional en Ecuador ha tramitado el veto parcial de la Ley Orgánica de Acuicultura y Pesca, y se ratificó en el plazo de seis meses, una vez publicada la presente Ley.
Ahora, el presidente de la República debe expedir el reglamento de aplicación, así como establece un plazo de seis meses para que el ente rector de las finanzas públicas, asigne los recursos económicos para la constitución del Fondo Nacional de Investigación Acuícola y Pesquera.
Igualmente, esta ley define el Sistema Nacional de Acuicultura y Pesca como un conjunto articulado de organismos y entidades públicas y privadas, personas naturales y jurídicas, encaminadas a la coordinación, cooperación, supervisión para administrar los sectores acuícola y pesquero.
Esta Ley también contempla la creación del Fondo Nacional de Investigación Acuícola y Pesquero, que será el organismo que financiará planes, programas y proyectos de investigación, ciencia, tecnología e innovación relacionados con las actividades pesqueras; cuyo financiamiento provendrá del Estado a través de una asignación presupuestaria exclusiva, los ingresos provenientes de la cooperación y donaciones de organismos nacionales e internacionales y de los ingresos provenientes de tasas por el otorgamiento de títulos habilitantes para el ejercicio de las actividades acuícolas, pesqueras y conexas, multas, y otros que se obtengan de la venta de los productos decomisados.

