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Galicia - Talla Mínima

La Justicia de Galicia da la razón a la Administración en el caso de la talla de la almeja de Carril

Vilagarcía de Arousa 27/07/2015 – La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha rechazado el recurso presentado por la Agrupación de Parquistas de Carril sobre la orden de la Xunta de Galicia que impone una talla mínima comercial de 38 milímetros para la almeja babosa de esta asociación de productores.

El fallo del TSJG ha rechazado todos y cada uno de los argumentos de los parquistas ya que considera que “las razones de interés particular relacionadas con el cultivo en parques partiendo de una concesión administrativa y la inviabilidad de alcanzar los tamaños descrita en la demanda no son oponibles con eficacia a las razones administrativas de interés general".

La agrupación argumentaba a su favor que la acuicultura de moluscos no es una actividad extractiva y que por ello, no afecta a la conservación y gestión de los recursos pesqueros y marisqueros. Argumento rechazado por el Tribunal.

Además, critican que los datos aportados por la Conselleria del Mar de crecimiento de almeja corresponden con bancos silvestres, que nada tienen que ver con sus parques de cultivos que son fruto del acondicionamiento de zonas fangosas poco productivas para la práctica de cría de la almeja.

El presidente de la Agrupación Parquistas de Carril, Manuel Villanueva siempre ha argumentado al respecto de la orden de talla de la almeja “un trato discriminatorio” respecto al que reciben otros moluscos de acuicultura como el mejillón y la piscicultura.

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