LEGISLACIÓN

Portugal: Modificación del decreto-ley para la instalación de establecimientos de acuicultura marina

Lisboa 23/10/2023 | Se publica una lista de instalaciones autorizadas que necesitan renovar su licencia

Ria do Alvor, Portugal

La Dirección General de Recursos Naturales, Seguridad y Servicios Marítimos en Portugal ha publicado en el Diario de la República el decreto ley 83/2023 de 25 de septiembre que modifica uno anterior 40/2017 que establece el régimen jurídico para la instalación y operación de establecimientos de acuicultura marina, incluyendo aguas de transición y aguas interiores.

El objetivo de ambos decretos son desarrollar la acuicultura nacional de manera sostenible y proteger la biodiversidad y el medio ambiente marino.

Las modificaciones introducidas, como señala el texto, buscan simplificar los procedimientos administrativos, eliminando el procedimiento de autorización y estableciendo solo el procedimiento de comunicación previa con plazo. Además, el nuevo decreto, clarifica algunas normas y se abordan temas prácticos como la renovación de licencias y situaciones de competencia.

A través de un anuncio, la Dirección General de Recursos Naturales ha publicado la lista de establecimientos acuícolas que cumplen con ciertos requisitos legales y, estos establecimientos, son elegibles para mantener sus licencias.

Los titulares de estos establecimientos interesados en mantener sus licencias en aguas de transición que no estén en las listas deben comunicar su interés en aparecer en el plazo de 10 días, argumentando las razones para estar.

Además, establece que los titulares identificados en la lista deben informar a la Dirección General de Recursos Naturales, Seguridad y Servicios de su interés en mantener sus licencias durante el período de publicación del edicto, utilizando la dirección de correo electrónico proporcionada. Podrán hacerlo hasta el 30 de noviembre, inclusive en la siguiente dirección de correo electrónico: mail.da@dgrm.mm.gov.pt 

Los titulares de establecimientos que estén impedidos de ejercer su actividad por motivos de salud pública y que cumplan con ciertos requisitos pueden ser reubicados de acuerdo con la legislación aplicable.

Aquí encontrará el decreto que establece el régimen jurídico y su modificación:

Decreto Ley n. 40/2017, de 4 de abril, por el que se aprueba el régimen jurídico relativo a la instalación y explotación de establecimientos de acuicultura en aguas marinas, incluidas las de transición

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