SEGUROS

Publicadas las condiciones de los seguros de acuicultura marina

El periodo de suscripción es desde el 1 de junio de 2020 al 31 de mayo de 2021

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Madrid 25/05/2020 – El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado las condiciones técnicas de los seguros de acuicultura marina comprendido en el cuadragésimo primer Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Este seguro será de aplicación en explotaciones de cultivos marinos, instaladas en territorio nacional instaladas en aguas marinas y que estén destinadas a la producción de atún rojo (Thunnus thynnus), besugo (Pagellus bogaraveo), corvina (Argyrosomus regius), dorada (Sparus aurata), lenguado (Solea senegalensis), lubina (Dicentrarchus labrax), rodaballo (Psetta máxima), seriola (Seriola dumerili), oreja de mar europea (Haliotis tuberculata) y oreja de mar japonés (Haliotis discus hannani).

Las explotaciones deberán tener asignado un código de explotación REGA.

A efectos del seguro, se consideran como regímenes de cultivo las granjas en viveros flotantes (jaulas), los tanques de cultivo, los esteros, y la fase criadero y preengorde. Para cada uno se especifican las condiciones técnicas y los requisitos necesarios para la contratación.

El periodo de suscripción establecido es desde el 1 de junio de 2020 hasta el 31 de mayo de 2021.

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