Madrid 16/10/2012 – La reforma de la Ley de Costas aprobada en Consejo de Ministros el pasado 5 de octubre deja bastante bien parados los intereses del sector acuícola marino nacional, ya que en él se recogen básicamente todas las peticiones de los empresarios.
En concreto, se pedía extender a 75 años la duración máxima de las concesiones y la posibilidad de una prórroga extra de 75 años a las actuales concesiones que iban a caducar en breve, algo que aparece ya reflejado en el texto.
Lo mismo ocurre con la exclusión del dominio público de las zonas inundadas por la acción del hombre. La norma va más allá y señala que “si los terrenos, a que estos se refieren, hubieran sido inundados artificial y controladamente como consecuencia de obras o instalaciones realizadas al efecto y estuvieran destinados a actividades de cultivo marino o a salinas marítimas se excluirán del dominio público marítimo-terrestre, aun cuando sean naturalmente inundables”.
Sobre las propiedades inscritas en el Registro de la Propiedad antes de la entrada en vigor de la Ley 22/1988, la reforma establece que dejarán de formar parte del dominio público marítimo terrestre y serán reintegrados a sus anteriores propietarios. De esta manera se verán satisfechas una de las mayores reivindicaciones de los antiguos propietarios de salinas y esteros en el litoral Sur Atlántico andaluz.
Por otra parte, y respecto a los deslindes, la Administración General del Estado deberá´ proceder a iniciar la revisión de los deslindes ya ejecutados y que se vean afectados como consecuencia de la aprobación de la presente ley.
Lo que no se ha atendido es la petición de no aplicación del canon de ocupación y aprovechamiento de bienes del dominio público marítimo terrestre para el caso de obras pagadas por el mismo concesionario. No obstante, con la ampliación a 75 años, este término pierde importancia, ya que la caducidad de la concesión es de largo recorrido.

