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Viceconsejería de Pesca de Canarias impulsará un proyecto piloto de viabilidad del cultivo de la corvina

Las Palmas de Gran Canaria 22/04/2013 - La Viceconsejería de Pesca y Aguas de Canarias está preparando una experiencia piloto sobre el cultivo de la corvina (Argyrosomus regius) en aguas orientales del Archipielago. El anuncio fue realizado por el Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno canario, Juan Ramón Hernández durante una intervención en el Parlamento regional.

La corvina es una especie de alto rendimiento con grandes posibilidades de cultivo en el Archipiélago. Según datos aportados por empresarios del sector a misPeces, dada la calidad de las aguas y el clima del Archipiélago, se trata de una pez capaz de alcanzar en año y medio los 3 kilos de peso.

Cabe recordar que en 2011 se produjo una fuerte controversia entre los productores que estaban a favor del cultivo de esta especie y los ecologistas. Para los primeros, la corvina es una especie común tanto en el Archipiélago como en el ámbito noroccidental africano. Una tesis que respaldan las cifras de pesca extractiva del año 2000 cuando aún no se cultivaba esta especie.

A finales de 2012, el Centro de Biodiversidad y Gestión Ambiental de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria elaboró a petición de la Viceconsejería de Pesca y Aguas el Informe Técnico sobre la viabilidad del cultivo de Corvina (Argyrosomus regius) en las costas Canarias.

A raíz del cual, la Viceconsejería de Medio Ambiente informó que el cultivo de esta especie sólo podría llevarse a cabo en jaulas oceánicas si se demuestra que, en caso de liberación o escape de individuos, esto no tendría un impacto significativo en los ecosistemas de Canarias, y siempre que se elimine la posibilidad de escapes que permitan la formación de poblaciones asilvestradas.

La última palabra en este caso la tendrá el Gobierno de Canarias en virtud de la aplicación de la Ley 17/2003 de abril de esta Comunidad Autónoma y por la que tienen potestad para decidir qué especies pueden ser objeto de explotación acuícola con fines comerciales, de investigación o de preservación del medio.

Asimismo establece que podrá autorizar, a propuesta de la consejería competente en materia de Pesca y previo informe de las consejerías competentes en materia de Medio Ambiente y Sanidad, la introducción de especies foráneas siempre que no entrañen riesgos para la sanidad o el medio ambiente.

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