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Diario de la República de Portugal publica las ayudas a la acuicultura MAR2020

MAR2020 es la herramienta financiera del Programa Operativo del FEMP 2014-2020

Ria Formosa - Algarve (Portugal)

Lisboa (Portugal) 23/03/2016 – El Diario de la República de Portugal publica hoy la Orden (Portaria) 50/2016 relativa a los fondos MAR2020, de apoyo al desarrollo sostenible de la acuicultura, en los aspectos relacionados con la Innovación, y las inversiones productivas del sector.

Según explican desde la Asociación Portuguesa de Acuicultura (APA), en el ámbito de la innovación y los servicios de gestión, representación y de asesoramiento, las ayudas previstas en el presente Reglamento tienen como finalidad potenciar, al nivel de las empresas acuícolas, el desarrollo tecnológico, la innovación, la reducción del impacto de la actividad en el ambiente y la transferencia de conocimientos, teniendo previsto mejorar las respectivas competencias, rendimientos y competitividad.

De otra parte, y enmarcadas en las inversiones productivas, los apoyos previstos en el presente Reglamento tienen como finalidad promover el aumento de la competitividad y de la viabilidad de las empresas acuícolas, incluyendo la mejora de las condiciones de seguridad y de trabajo, en particular de las pequeñas y medianas empresas (PYMES), y para fomentar la protección y la restauración de la biodivesidad acuática, la mejora de los ecosistemas relacionados con la acuicultura y el aumento de la eficiencia en términos de recursos.

En este sentido y según explican desde APA, el punto 3 del artículo cuarto establece que las inversiones que se apoyarán por esta Ordenanza se harán a empresas que cumplan con los requisitos establecidos y que estén dados de alta en la actividad acuícola (CAE 03210 y 03220) y en la comercialización de pescado (CAE 46381).

En el artículo 8 se resume el tipo de gastos que son elegibles para recibir subvenciones que serán como máximo del 50 por ciento para PYMES y 30 por ciento para grandes empresas. Aclarando que éstas pueden sufrir incrementos en función del proyecto, siendo el apoyo máximo por operación de 6,5 millones de euros.

En el artículo 11, no se especifica cual es el periodo para la presentación de solicitudes, ya que la legislación mencionada en el párrafo 1 de este artículo refiere que compete a la Autoridad de Gestión “programar y proponer la aprobación del miembro del Gobierno responsable para el área del mar el plano de apertura de las solicitudes, que prevé la programación en un periodo nunca inferior a 12 meses, y proceder a su difusión”.

Los artículos 13 al 15 explican como se pueden hacer las selecciones y análisis de las solicitudes.

Los artículos 16 y 17 se refieren a los pagos y los avances de las ayudas; mientras que el artículo 18 enumera las obligaciones de los beneficiarios.

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