La Comisión Europea ha prorrogado y modificado el marco temporal de crisis hasta el 31 de diciembre de 2023 con el objetivo de permitir que los Estados miembro sigan utilizando la flexibilización normativa sobre ayuda a las empresas en el contexto actual de la invasión rusa de Ucrania.
Cabe recordar que este marco temporal de crisis se adoptó el 23 de marzo de 2022 y se modificó por primera vez el 20 de julio de 2022 para complementar el paquete de preparación para el invierno en línea con los objetivos del Plan REPowerEU.
La decisión de prorrogar el marco temporal de crisis ha sido tomada sobre la base de encuestas y consultas específicas durante el mes de octubre.
En este sentido y como explican desde la Comisión se amplían los límites establecidos de ayudas de 250 000 euros a 300 000 euros para las empresas acuícolas, así como para las del sector agrícola y pesquero.
También aumenta la flexibilidad y las posibilidades de apoyo para las empresas afectadas por el aumento de los costos de energía, sujeto a salvaguardas. Los Estados miembros tendrán derecho a calcular la ayuda sobre la base del consumo pasado o presente, teniendo en cuenta la necesidad de mantener intactos los incentivos del mercado para reducir el consumo de energía y garantizar la continuidad de las actividades económicas.
Además, los Estados miembros pueden prestar apoyo de forma más flexible, incluso a los sectores de gran consumo energético especialmente afectados, sujeto a salvaguardias para evitar una compensación excesiva.
Para las empresas que reciben ayudas de mayor cuantía, el Marco Temporal de Crisis prevé compromisos para marcar un camino hacia la reducción de la huella de carbono del consumo de energía y la implementación de medidas de eficiencia energética.
Introduce nuevas medidas destinadas a apoyar la reducción de la demanda eléctrica, en línea con el Reglamento (UE) 2022/1854. Aclara los criterios para la evaluación de las medidas de apoyo a la recapitalización. En particular, dicho apoyo a la solvencia tendría que ser necesario, apropiado y proporcionado; implicar una remuneración adecuada del Estado; e ir acompañado de medidas de competencia apropiadas para preservar la competencia efectiva, incluida la prohibición de pagos de dividendos y bonos y adquisiciones.