La Comisión Europea ha publicado el Reglamento Delegado (UE) 2026/1829, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) n.º 853/2004 sobre normas específicas de higiene aplicables a los moluscos bivalvos vivos. La norma actualiza la información que debe acompañar a los lotes en sus desplazamientos entre operadores y el modelo del documento de registro.
El cambio principal será la incorporación de estos movimientos a TRACES. Los operadores deberán emitir allí el documento de registro y quienes reciban los lotes tendrán que confirmar su llegada en el sistema. Esta obligación será aplicable desde el 19 de noviembre de 2028, dos años después de la entrada en vigor del reglamento, prevista para el 19 de noviembre de 2026.
El texto también define expresamente la reinmersión como la actividad de operadores intermediarios autorizados que almacenan moluscos bivalvos vivos en agua de mar limpia después de su recolección para mantenerlos en buen estado de vitalidad.
Además, aclara que no se requiere una marca de identificación para los moluscos bivalvos vivos enviados sin depurar por un operador intermediario autorizado a otro operador, con independencia de la clasificación de la zona de producción. La excepción se refiere a estos movimientos entre operadores y no implica que los moluscos sean aptos para la venta al por menor.

