Legislación

Tras su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria en un mes entra en vigor la Ley de Pesca Marítima Marisqueo y Acuicultura

La Ley introduce una mención a que será la Consejería competente la que establezca futuras Zonas de Interés para la Acuicultura (ZIA).

Cantabria, TINAMENOR en bajamar

Santander 23/03/2021 – El pasado 22 de febrero pasaba de engrosar la lista de comunidades autónomas con costa, pero sin ley de este rango que regulara la pesca marítima, marisqueo y acuicultura. El Parlamento cántabro aprobó por unanimidad esta norma que sirve para regular los usos de los 284 kilómetros de litoral y sus siete puertos pesqueros.

Como se señaló en el momento de la aprobación, la Ley busca ser sistemática y coherente con la conservación, protección y generación de los recursos marinos en aguas interiores de Cantabria; el ejercicio de la pesca marítima, el marisqueo y la acuicultura, así como la explotación de algas. Otras actividades reguladas bajo esta Ley son la ordenación del sector pesquero, la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura, las actividades de buceo profesional y recreativo, la formación de actividades náuticas y la inspección, el control y el régimen sancionador de todas estas materias reguladas.

La Ley consta de 10 títulos, siendo el título 3 el que regula los establecimientos de acuicultura y los diferentes títulos habilitantes para ejercer la actividad. Aquí se menciona que a través de la Consejería competente se podrán establecer Zonas de Interés para la Acuicultura (ZIA).

La Ley también consta de tres disposiciones transitorias. Una de las cuales lista las instalaciones de acuicultura existentes a la entrada en vigor de la Ley

La entrada en vigor será de un mes a contar a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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