Bruselas 02/03/2015 – El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado el Reglamento de Ejecución 2015/309 de la Comisión por el que se establece un derecho compensatorio definitivo por las importaciones de trucha arcoíris procedente de Turquía.
Como ya ha venido informando misPeces sobre este asunto, este derecho compensatorio definitivo afecta específicamente a las importaciones de trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) viva, de peso inferior o igual a 1,2 kg cada una, o fresca, refrigerada, congelada o ahumada en piezas enteras, con o sin branquias, eviscerada o no. Igualmente en aquellos formatos sin cabeza, procesados y transformados, con un peso inferior o igual a 1 kg cada una. En forma de filetes de peso inferior o igual a 400 gramos cada una.
En este sentido, según se explica en el citado documento, estas medidas definitivas han tenido en cuenta tras un minucioso estudio de la situación que comparando los márgenes de perjuicio y los márgenes de subvención, el importe de los derechos “debe fijarse a nivel del más bajo de esos dos”.
Estas medidas compensatorias se fijan bajo la forma de derechos ad valorem, es decir, a prorrata del valor de la importación.
En este sentido han tenido en cuenta “el alto nivel de cooperación de los productores exportadores turcos”, entre los que hubo empresas que no cooperaron.
Tendiendo en cuenta ambas circunstancias, el documento exhibe la siguiente tabla comparativa.
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