XVIII CNA

Andalucía pone en marcha una instrucción que habilita a las empresas a desarrollar actividades complementarias

Cádiz 23/11/2022 | Esta herramienta busca ampliar las opciones de las empresas para poder diversificar su oferta de servicios a la sociedad

Marina Fernández Lora, técnico de AGAPAMarina Fernández (AGAPA) |misPeces

La Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, ha puesto en marcha un documento que viene a simplificar las posibilidades de realizar actividades complementarias en las concesiones acuícolas de Andalucía.

Esta instrucción fue presentada al sector por Marina Fernández Lora, técnico superior del área de acuicultura de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (AGAPA), en el marco del XVIII Congreso Nacional de Acuicultura que estos días se celebra en el Palacio de Congresos de Cádiz.

Como explicó al respecto, esta herramienta de diversificación de actividades complementarias en las empresas de acuicultura se puede descargar de la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de Andalucía. Es una instrucción aplicable a aquellas empresas que cuenten con autorización de cultivos marinos, y que ha sido consensuada con la demarcación de Costas.

Con este documento, añade, se busca “contribuir al desarrollo socioeconómico de las zonas costeras, la diversificación de las actividades empresariales y el abastecimiento de una variada gama de productos marinos de calidad para los consumidores”.

Como explicó Marina Fernández, se entiende por actividades complementarias aquellas derivadas o procedentes de la acuícola, que seguirá siendo la principal, y del entorno donde esté ubicado.

Como ejemplos, mencionó la venta directa de productos criados o cultivados; degustación in situ de estos productos; y visitas a la granja acuícola para enseñar el patrimonio natural, cultural y productivo asociado.

También entran dentro de esta definición los talleres educativos, ambientales y recreativos asociados a la producción y a los valores naturales y culturales del entorno. Están incluidas otras actividades recreativas derivadas de la actividad acuícola que estén permitidas según el espacio donde esté ubicado el establecimiento acuícola y la normativa sectorial de dichos servicios.

Las empresas que estén interesadas deberán realizar el trámite para la inscripción de los establecimientos y las empresas dedicadas al turismo acuícola en el Registro Oficial creado a tal efecto.

Durante la presentación, destacó como requisito indispensable para mantener la autorización de cultivos marinos con actividades complementarias que “exista producción acuícola en los términos recogidos en la resolución de los cultivos marinos”.

La modificación de la autorización “no tendrá repercusión en el canon de ocupación” del Dominio Público Marítimo Terrestre, en su caso. “Ni habrá que renunciar a concesiones transitorias a favor de ordinarias”. Hecha la modificación, explicó, “quedará incorporada en la autorización de cultivos marinos y se hará la inscripción en el Registro de Diversificación Pesquera y Acuícola de Andalucía.

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