La Confederación Mar Industria Alimentaria gallega, de la que forman parte las asociaciones AGADE, APROMAR, ANFACO y Clúster de Galicia, ha mostrado su satisfacción por la admisión a trámite del Tribunal Constitucional del recurso presentado por la Xunta de Galicia contra el artículo 20 de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, y que fija un máximo de 75 años para permanecer en la costa.
El problema no está tanto en el periodo de prórrogas como en la discrecionalidad que este artículo otorga a Costas, ya que, en el entender de la Xunta de Galicia, y de la Confederación Mar Industria, no se fijan criterios objetivos para autorizar prórrogas a concesiones de ocupación del espacio marítimo-terrestre, sea para inmuebles o fábricas.
Actualmente, según datos de la Xunta, existen 3.800 edificios afectados y 232 sociedades.
El conflicto no es nuevo y ha generado una gran inseguridad jurídica en el tejido productivo de Galicia ligado al sector conservero, depurador y acuícola. La aprobación de esta Ley ya ha generado, por ejemplo, que muchas empresas hayan decidido trasladar sus proyectos a otras comunidades autónomas o países del entorno o, en el mejor de los casos, que hayan frenado sus planes de inversión.
La Confederación entiende que el Estado no puede denegar las prórrogas en base a “criterios indeterminados” y acortar el cómputo que las empresas pueden permanecer en el dominio público, respecto a la normativa preexistente, generando, para muchas de las empresas, “una situación de total incertidumbre” sobre la continuidad de sus actividades en la ribera del mar a corto y medio plazo.
Como señalan desde la Confederación, el sector mar industria alimentario gallego ha tratado “por todos los medios” de corregir esta situación de incertidumbre jurídica, pero se ha encontrado hasta la fecha, “con una posición inamovible del Estado”.
Aun siendo un paso inicial de un proceso jurídico, señalan desde el Complejo Mar Industria, se recibe con optimismo y confianza en que el Constitucional “venga a poner remedio a una situación de inseguridad jurídica para las empresas situadas en la ribera del mar”.
Este optimismo, añaden, permite encarar un futuro de “mayor estabilidad y menor incerteza”, que se ha visto reforzado por la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de 20 de diciembre pasado, que crea jurisprudencia y mediante la cual establece que las prórrogas extraordinarias, una vez solicitadas por el interesado, deben ser otorgadas directamente por el Estado, al que no le es posible la aplicación restrictiva de determinados artículos de la Ley de Costas.
Si bien dicha sentencia se refiere a una edificación destinada a vivienda, el sector mar industria alimentario gallego confía en que futuras sentencias del Tribunal Supremo, que tenga ya por objeto prórrogas extraordinarias de industrias situadas en la ribera del mar, mantengan los mismos criterios jurídicos.